Cuidado, si tienes una tarjeta revolving y estás pensando en demandar, ahora es más fácil que pierdas el juicio

La nueva sentencia del 4 de mayo de 2022 del Tribunal Supremo parece que va a dar un vuelco a los juicios de las tarjetas revolving . Los que tengan una y estén pensando en demandar ahora parece que lo tendrán más difícil. La clave está en que el Tribunal Supremo ha dicho que el tipo de interés de la tarjeta del demandante no se puede comparar con el tipo genérico de los créditos al consumo, sino que hay que compararlo con la TAE específica de las tarjetas revolving en el momento de su contratación. Entonces los despachos-factoría parece que ya no podrán simplemente coger un dato de Banco de España y presentar la demanda cambiando el nombre y poco más. Sino que ahora tendrán que buscar ellos información sobre los precios habituales en el momento de contratar la tarjeta en cuestión y probar que su precio o TAE era mucho más alto que el resto. Y cuidado los que tengan tarjetas de antes de 2010, que Banco de España no publica datos anteriores a ese año, por lo que probar los prec...